Hay una edad límite en la que los beneficiarios de la prestación ya no serán evaluados
La pensión de incapacidad permanente es una prestación que se reconoce al trabajador cuando, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral, tal y como señala la Seguridad Social.
(Noticia extraída de El Mundo)