Desde el 1 de enero no se firma ningún contrato de formación, por la falta de adaptación de la administración a los nuevos requisitos
Los contratos de formación están vinculados a una autorización previa del SEPE, para la que no existe un protocolo establecido
Desde el 1 de enero, ninguna empresa en España puede hacer contratos de formación, lo que implica, prácticamente, la paralización de la contratación juvenil. La Ley 30/2015, que regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral y que entraba en vigor definitivamente (tras varias prórrogas) el primer día de 2016 suprime la formación a distancia de los trabajadores con contrato de formación y la sustituye por la ‘teleformación’, para la que la propia administración pública no está aún preparada. Y ésa es la causa por la que no se pueden hacer contratos de formación en estos momentos. Esta paralización afecta sólo a los contratos de este tipo nuevos. Los iniciados mediante el sistema anterior de formación a distancia se pueden seguir renovando hasta los tres años. Pero no se pueden formalizar contratos nuevos. La nueva modalidad de “teleformación” vincula la contratación a la obtención de los certificados de profesionalidad y esto resulta, según fuentes del sector consultadas, poco operativo. En primer lugar, porque la nueva ley ha obligado a los centros que imparten la formación a obtener nuevas acreditaciones para poder impartir la nueva modalidad de ‘teleformación’. Y. además, existen muy pocos centros acreditados y, para muy pocas profesiones. Entre otras, por ejemplo, no existen aún acreditaciones para albañilería, carpintería o electricidad. Por otro lado, los nuevos contratos de aprendizaje y formación, que se habían convertido en la práctica en la principal vía de acceso de los jóvenes al mercado laboral, exigen una autorización previa del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal, el antiguo INEM) antes de poder formalizarse. Esta autorización implica una demora de al menos treinta días antes de poder formalizar el contrato, lo que es inviable para la contratación de temporada, por ejemplo. Pero ocurre, además, que no se puede solicitar la autorización, porque la plataforma del SEPE en la que habría que solicitarla, no funciona y porque no existen protocolos, tampoco, en el caso de las comunidades, como puede ser Andalucía, con las competencias transferidas.Hay muy pocos centros acreditados en España para impartir la nueva modalidad de ‘teleformación’, y muy pocas profesiones homologadas para la obtención del Certificado ProfesionalEste tipo de contratos, con importantes bonificaciones para las empresas y dirigidos a personas de hasta 30 años, se habían convertido en la práctica en la principal forma de los jóvenes para meter cabeza en el mercado laboral. “Es una situación surrealista”, afirman fuentes del sector consultadas por EL MUNDO. Sobre todo, porque la contratación juvenil se había convertido en la gran baza del Gobierno para reducir las altas tasas de paro registradas en España. Sólo en el mes de diciembre de 2015 se realizaron, según datos del Ministerio de Empleo, 15.014 contratos de aprendizaje y formación, destinados a personas sin cualificación profesional. De ellos, 7.381 contratos fueron realizados a hombres y 7.633 a mujeres, y 13.678 contratos (el 91,1% del total) fueron hechos a menores de 29 años. Agravios territoriales y sectoriales La ley 30/2015 tiene otras lagunas. La “teleformación” exige determinadas horas de formación presencial. Y tampoco hay demasiado centros acreditados para este tipo de formación, lo que obliga a desplazarse a los trabajadores, con un coste añadido que habrán de asumir éstos o, en su defecto, las empresas que los contraten. Además, genera agravios territoriales (por la existencia de centros acreditados en unas provincias y no en otras) y sectoriales (en función de las profesiones para las que se hayan homologado los certificados). Y todo ello, además, con independencia de que los problemas de la plataforma del SEPE se resuelvan en breve o no. La patronal de las empresas de formación, Cecap, defiende la ley, porque pone “cortapisas a cosas que antes se hacían que no estaban bien” y garantiza “mayor transparencia”, pero entiende que le faltan las herramientas de desarrollo que la hagan operativa. Hasta entonces, explica la patronal, “estamos en el limbo”. El 21 de diciembre pasado, la patronal andaluza del sector lanzó una advertencia a la Junta de Andalucía sobre lo que iba a ocurrir a la entrada en vigor de la nueva regulación. “La Junta no sabe en este momento qué administración es competente para poner en marcha el sistema”. Pero no es un problema andaluz, sino que afecta a todo el territorio español. Esta parálisis del sistema afecta a las empresas, que no pueden contratar, a los trabajadores, que no pueden ser contratados, a los centros de formación homologados, que no pueden impartir la formación inherente a este tipo de contratos ni expedir los certificados de profesionalidad, y a las asesorías laborales. “Estamos atados de pies y manos”, señalan fuentes del sector. Cecap-Andalucía ha remitido en los últimos días un comunicado en el que denunciaba que en la dirección electrónica habilitada al efecto por el SEPE no se encuentra operativa, lo que no permite que los contratos de aprendizaje y formación puedan materializarse.]]>