Un simple parte médico suele servir para justificar una ausencia puntual del puesto de trabajo, aunque no esté reconocido como tal por la ley.

Una indisposición que se sabe que podría desaparecer en unos pocos días o, incluso, en una pocas horas, pero que impide a un trabajador acudir a su puesto de trabajo se suele justificar con tan sólo un parte médico o de reposo, sin que sea necesario presentar una baja médica.

Pero, ¿cuándo la baja médica se hace ya indispensable? ¿A partir de cuántos días de ausencia en nuestro puesto de trabajo se nos exigirá?

Se trata de una duda común entre los empleados que se ponen enfermos en algún momento de su vida laboral y la respuesta puede resultar algo ambigua: en primer lugar, siempre que se acuda al médico y por ello se falte al trabajo habrá que presentar un justificante entregado por el profesional de la medicina que nos haya atendido. Pero este tipo de explicaciones, al no estar recogidas en la legislación española, no nos garantizan el cobro de las jornadas no trabajadas -a no ser que se contemplen explícitamente en un convenio laboral-, pero se suelen dar por buenas por parte de los empleadores.

En cualquier caso, no es recomendable que esos partes tengan una duración superior a los 3 días y, siempre que sea posible, lo ideal es presentar una baja médica aún habiendo faltado un solo día y tener en cuenta que a partir de 72 horas con un parte médico como única justificación nuestra ausencia del puesto de trabajo podría generarnos problemas.

(Noticia extraída de El Periódico de Catalunya)