Hay que llegar a la parte de las deducciones e ir comprobando
La llegada de la la nómina es el mejor momento del mes para los trabajadores, que ven reflejado en este documento el salario que le paga la empresa y, además, las aportaciones que realizan a la Seguridad Social y en materia de impuestos.
En ocasiones, los trabajadores pueden perderse entre la cantidad de información que ofrece la nómina. ¿Cuánto se paga en concepto de cotizaciones? ¿Y cuánto en IRPF? ¿Y en qué parte de la nómina se puede consultar? Lo cierto es que el modelo de estos documentos viene regulado en una normativa concreta.
Es la orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre la que establece un “nuevo modelo de recibo individual justificativo del pago de salario”. En el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) aparece una plantilla que sirve de guía al trabajador para que pueda comprobar en su propia nómina cuánto cotiza a la Seguridad Social.
Tal y como se puede comprobar en la siguiente plantilla, tras los apartados en los que aparecen los datos del trabajador, los datos de la empresa, el periodo de liquidación y el conjunto de percepciones salariales y no salariales, se llega al apartado de los deducciones. Es ahí donde hay que consultar, en la sección de ‘Aportaciones del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social’.
Como se puede observar en la imagen, existen cuatro puntos concretos. Si se parte del ejemplo de una nómina de un contrato indefinido a jornada completa, y de acuerdo con la información de la Seguridad Social para 2021, el trabajador abonará un 4,70% de su salario base en concepto de contingencias comunes, un 1,55% de desempleo y un 0,10% en concepto de formación profesional.
Más abajo, en la parte de aportaciones de la empresa a la Seguridad Social, se recogen dichas cantidades, que son de un 23,60% en concepto de contingencias comunes, un 5,50% en concepto de desempleo, un 0,60% en concepto de formación profesional y un 0,20% al FOGASA (Fondo de Garantía Salarial).
Volviendo a las obligaciones del trabajador, tendremos que regresar a la parte de deducciones para ver qué cantidad se paga a la Agencia Tributaria en concepto de IRPF (Impuesto sobre las Personas Físicas). En ese apartado ha de registrarse el porcentaje al que se ha llegado de acuerdo con la empresa y la cantidad que supone.
(Noticia extraída de Expansión)