La Audiencia Nacional ha condenado a la empresa ASPY PREVENCIÓN a pagar más de 80.000 euros a la representación legal de su plantilla (RLT) por incumplir la obligación de aprobar un plan interno de igualdad.

Además, estará obligada a pagar una mayor indemnización a los sindicatos por cada día que se tarde en aprobar el plan definitivo de igualdad, en concepto de 144,68 euros diarios adicionales.

“La fórmula indemnizatoria propuesta pretende adecuar el importe sancionador a la gravedad del incumplimiento y, sobre todo, acelerar la implantación del Plan, que es el objetivo último de la demanda interpuesta”, afirma Esther Comas, abogada defensora de la RLT.

La sentencia considera vulnerado el derecho fundamental a la libertad sindical ante la conducta empresarial “inadmisible” y “ausente de justificación” para evitar durante más de tres años entregar a los representantes de la plantilla la información necesaria para la elaboración del diagnóstico previo que ha de permitir la efectiva elaboración de un Plan de Igualdad.

La letrada manifiesta que siguen siendo mayoría las empresas que están esquivando la obligación de combatir activamente la existencia de “prácticas discriminatorias” en el seno de sus organizaciones. Y eso supone, a su parecer, “una vulneración de los derechos de sus trabajadores y, muy especialmente, de sus trabajadoras, puesto que se les está privando de un elemento de amparo y protección del que debieran poder gozar”.

Entre otros incumplimientos, la sentencia de la Audiencia Nacional considera probado que a lo largo de estos tres años, y “pese a las constantes advertencias de la RLT”, la empresa incumplió con el deber de proporcionar a su contraparte en la negociación información actualizada y veraz que permitiera verificar la aplicación del principio de transparencia retributiva a través de “los registros retributivos, la auditoría retributiva y el sistema de valoración de los puestos de trabajo en la clasificación profesional”.

“Esperamos que sentencias como la dictada por la Audiencia Nacional sirvan para extender la concienciación de las empresas respecto a la obligación de actuar desde la buena fe negocial a la hora de implementar un Plan de Igualdad que contribuya a desactivar el riesgo de discriminación para las integrantes de su plantilla”, argumenta Comas.

(Noticia extraída de Diario Jurídico)