El cambio legislativo más reivindicado por el colectivo de trabajadores por cuenta propia entró en vigor el pasado mes de abril
Los autónomos que ya estén en la edad de jubilación, pero quieran alargar su vida laboral ya pueden beneficiarse del nuevo sistema de jubilación activa, que ya ha entrado en vigor y, con ella, los cambios que se prometieron el pasado 7 de enero en el Consejo de Ministros. Se hizo efectiva su entrada el pasado 1 de abril y estas modificaciones vienen respaldadas en el Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, para la mejora de la compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo. A través de este RD-L se modifican una serie de artículos con el objetivo de incentivar la permanencia en la actividad económica estableciendo la compatibilidad entre el complemento de demora y la pensión de jubilación activa, con algunos matices, que son los que se van a exponer a continuación.
En los próximos dos años se prevé que se jubilen 569.214 trabajadores por cuenta propia, según el Reta (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y, con el objetivo de frenar el choque que esto puede causar el mercado laboral, el Gobierno planteó este nuevo modelo de jubilación activa para tratar de incentivar a los autónomos sénior a que alarguen su vida laboral. De esta manera, se espera que la salida del mercado de trabajo sea lo más escalonada posible y, con ello, que los efectos de la entrada a la jubilación sean lo más suave posible.
Cambios en la cotización
El primer cambio que se hizo en la normativa fue eliminar la exigencia de la carrera de cotización completa para poder acceder a la jubilación activa. Hasta ese 1 de abril, los trabajadores por cuenta propia que decidían optar por este sistema tenían que haber cotizado 38 años. En el RD-L que se modificó en enero, se eliminó este requisito y actualmente solo se pide que los autónomos que opten a la jubilación activa tengan 15 años cotizados.
Con este cambio, lo que se pretende es igualar las condiciones de todos los trabajadores por cuenta propia. Y es que, la flexibilización de la normativa mejora especialmente el acceso de las mujeres, que cuentan con carreras laborales menos extensas que los varones por norma general. Esto se debe a que históricamente han entrado más tarde al mercado laboral y, una vez que estaban en él, han tenido que hacer parones por diversos motivos como el cuidado de familiares o para hacerse cargo de tareas que, por norma general, los hombres no realizan.
Porcentaje de la pensión
Con motivo de este cambio, también se han modificado los porcentajes de la pensión de jubilación que los trabajadores por cuenta propia obtienen mientras la compatibilizan con la actividad económica. Este cambio ha sido criticado por patronales como Upta (Unión de profesionales y trabajadores autónomos), quienes califican este nuevo diseño como un “fiasco del Gobierno”.
Anteriormente, un autónomo que se jubilaba de manera activa percibía el 100% de la prestación si tenía a un trabajador a su cargo y un 50% si no tenía a ningún asalariado. Ahora, para que un trabajador por cuenta propia perciba el 100% de la jubilación y la pueda compatibilizar con los beneficios de su trabajo, deberá alargar su retirada, como mínimo, 5 años. Los nuevos tramos que estableció el Ejecutivo son diferentes si se tiene o no un salariado.
Para quienes son el único trabajador de su empresa, por un año trabajado se percibe el 45%, a los dos años el 55%, a los 3 el 65%, a los 4 el 80% y a los 5 el 100%.
En cambio, para los que tiene un asalariado -que ha sido contratado 18 meses antes de alcanzar la edad de jubilación o se ha incorporado a un empleado de manera indefinida y no había tenido relación con la empresa en los dos años anteriores-, los tramos son del 75% para los 3 primeros años, el 80% para el cuarto y el 100% para el quinto año.
Además, estos porcentajes se irán viendo incrementados si se cumplen los requisitos de la normativa actual. Entre estas alzas, aquellos trabajadores por cuenta propia que demoren su jubilación activa cada año, percibirán un 4% más por cada año de demora. Además, a partir del segundo año, la pensión se incrementará un 2% más cada semestre. Esta misma modificación se ha aplicado también para la jubilación demorada -aquellos trabajadores que deciden retrasar su edad de jubilación sin compatibilizar la prestación con el trabajo-. A partir del segundo año de demora de la pensión de jubilación, el incentivo por se incrementará en un 2%, o su equivalente en caso de cobro a tanto alzado o mixto, por cada período de demora superior a seis meses e inferior a un año.
La legislación vigente marca también que los porcentajes de la tabla se podrán incrementar un 5% más por cada 12 meses ininterrumpidos en jubilación, siempre y cuando teniendo en cuenta que el máximo es el 100%. Por lo que a la cifra anterior, hay que sumarle estas alzas.
Derechos de la jubilación activa
La pensión en esta situación se revalorizará en su integridad en los términos establecidos para las pensiones del sistema de la Seguridad Social. No obstante, en tanto se mantenga el trabajo compatible, al importe de la pensión más las revalorizaciones acumuladas se le aplicará el porcentaje que corresponda conforme a lo dispuesto en este artículo y mencionado anteriormente.
A pesar de ello, no dará lugar a ningún alza del porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión que se tenga reconocida, ni tampoco incrementará el complemento económico de demora que hubiera correspondido.
El hecho de que los trabajadores por cuenta propia reclamen mejoras en este tipo de jubilación, es porque se ven obligados, en muchos casos, a alargar su retiro por la escasa pensión que les queda cuando ponen fin a su actividad económica.
Así los datos publicados por el ministerio de Seguridad Social, y que hace referencia a la cuantía de las pensiones del mes de marzo, la media de las pensiones en España se sitúa en los 1.662,36 euros mensuales, mientras que la de un trabajador autónomo apenas supera los mil euros -1.007,10 concretamente-, lo que supone un 65,1% menos al mes.
Una situación que denuncia el presidente de UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos), Eduardo Abad, “no podemos permitir que los autónomos que han dedicado su vida laboral a sacar adelante un negocio y que han contribuido al crecimiento económico del país estén condenados a la pobreza al llegar a la edad de jubilación. Resulta incomprensible que un gobierno socialista no comprenda la necesidad de subir más las pensiones más bajas, y también es difícil entender que en la oposición no se reconozca que esta es una cuestión fundamental para garantizar que el sistema de pensiones sea justo. Desde UPTA exigimos reparar la situación del colectivo que recibe las pensiones más bajas del sistema”, reclama el presidente de la patronal.
Con el nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos, las pensiones se verán incrementadas en unos años. Con el anterior modelo, más del 80% de los trabajadores por cuenta propia cotizaba por la base mínima, situada en los 960 euros, por lo que la pensión se tenía en cuenta con esos valores. Con la entrada en vigor de la nueva normativa, a través de la que cotizarán con los ingresos reales, una gran parte de ellos cotizará por un tramo superior al que lo hacía anteriormente y, de manera indirecta, su pensión en un futuro será más alta que con el sistema anterior. Además, para solventar este problema y asegurarse una pensión más holgada, muchos de ellos ya están optando por los planes de pensiones de empleo especiales para los trabajadores por cuenta propia, que tienen que realizar mientras se desarrolla su vida laboral.
(Noticia extraída de El Economista)