Los ingresos por cotizaciones por cese de actividad de los trabajadores autónomos se han reducido un 11% en los últimos tres años, desde los 149,7 millones de euros recaudados en 2014 hasta los 132,6 millones previstos para este 2017, según reflejan los datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Es el paro de los autónomos, una prestación ofrecida en su día por el Gobierno como un avance en la equiparación de los trabajadores por cuenta propia a los del régimen general, pero “poco atractiva” en la práctica, a juicio del presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor.

Tanto que para el 85% de los cotizantes se trata de un desembolso prescindible, como demuestra el balance de la Seguridad Social: sólo 499.234 trabajadores por cuenta propia cotizan por cese de actividad, apenas el 15% de los más de 3,2 millones de autónomos registrados en el sistema el pasado mes de septiembre.

Desde el máximo alcanzado en 2012 (659.669), el número de cotizantes ha menguado en un 24%, de ahí la caída de la recaudación. Una reducción que la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) atribuye a la mejora de la economía y la menor necesidad de protección ante la contingencia de cese en la actividad, argumento que en absoluto comparte Amor, quien afirma tajante que “ningún autónomo se ha dado de alta en la prestación por cese de actividad por la coyuntura económica”, y justifica: “¿Piensa alguien que un autónomo va a pagar esta contingencia para cobrar durante dos meses un máximo de 600 euros mensuales?”; a su juicio: “quien piense eso no tiene ni idea de lo que es ser autónomo”.

Recordemos que la prestación por cese de actividad que protege a los trabajadores por cuenta propia ante el riesgo de finalización involuntaria de su desempeño se creó en 2010, tiene carácter voluntario desde 2015 -puesto que es opción del trabajador autónomo suscribir su cobertura- y se financia exclusivamente con cargo a la recaudación obtenida con la cotización específica de dicha contingencia.

Inicialmente, la cobertura de la protección por cese estaba vinculada a la protección de las contingencias profesionales de los autónomos, pero la modificación de la Ley de Mutuas estableció la voluntariedad de la protección.

Este cambio normativo explica la caída del número de cotizantes en enero de 2015 -desde ahí, la cifra no ha dejado de menguar-, y así lo defiende el representante de los autónomos. Amor sostiene, además, que uno de los escollos es la cascada de dificultades que mutuas y Seguridad Social ponen a la hora de abonar la prestación, de la que quedan fuera alrededor de un 60% de los solicitantes. La principal traba, concreta Amor, pasa por demostrar las pérdidas y la involuntariedad en el cese de actividad.

Máximo de 600 euros al mes
Los requisitos son estrictos y la prestación no suele superar los 600 euros mensuales durante un año como máximo. La cuantía es del 70% de la base reguladora, calculada según el promedio de las bases por las que el trabajador hubiera cotizado durante los 12 meses anteriores al cese.

La cuantía máxima es del 175% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM, situado en 532,51 euros), salvo cuando el trabajador tenga uno o más hijos a su cargo, en cuyo caso será, respectivamente, del 200% o del 225% del indicador. La cuantía mínima varía entre el 107% y el 80%, dependiendo de los hijos a cargo del autónomo.

En cuanto a la cotización, la Ley establece un máximo del 4% y un mínimo del 2,2% sobre la base de cotización escogida por el autónomo. La AIReF considera que procede aplicar el tipo mínimo del 2,2%, porque el tipo resultante de aplicar la fórmula establecida por la Ley es muy inferior (0,26%). La autoridad fiscal también cree que, en el medio plazo, “cabría plantearse la posibilidad de ampliar el periodo considerado para calcular el tipo de cotización”.

(Noticia extraída de El Economista)