restaurante

La Audiencia Nacional dicta que el complemento salarial asociado a los tickets de comida no puede percibirse durante una baja por incapacidad.

¿Tienen carácter salarial los cheques de comida? Una vez más, la Justicia ha tenido que aclarar esta cuestión y lo ha hecho a través de una sentencia de la Audiencia Nacional, que determina que “no es un concepto salarial” y, además, no puede disfrutarse durante una baja por incapacidad temporal.

Los jueces, por tanto, resuelven una doble cuestión ante un litigio surgido de un conflicto colectivo en una empresa en 2017. Fue cuando los representantes de los trabajadores reclamaron que el complemento salarial de los tickets restaurante se disfrutara en casos de baja por incapacidad temporal, pretensión a la que se opuso la compañía.

Ese año se firmó un acuerdo ante el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (Sima) entre empresa y representantes sindicales, por el que se estableció, entre otros asuntos, que la compañía no abonara el complemento salarial derivado del derecho a los tickets en situaciones de baja por incapacidad temporal.

En el acuerdo, además, se tuvieron que acercar posturas entre las partes ante la decisión de dejar de dar estos cheques a los trabajadores y, en su lugar, abonar a cada empleado la parte correspondiente del salario. Para ello, se hizo una monetización para ver de qué importe económico se trataba: 1.500 euros anuales, lo que suponía 125 euros al mes.

Como recuerda Jordi García Viña, director en el área de laboral de KPMG Abogados, “según el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores, la compensación ticket restaurante no es concepto salarial, sino compensatorio”. García Viña añade que no se “compensa el trabajo efectivo, sino los gastos en que puede incurrir como consecuencia de los servicios prestados por el trabajador en régimen de jornada partida”. Este modelo requiere que normalmente se necesite comer en restaurantes y, por tanto, se haga uso de los cheques.

A todo ello se añade que la empresa cuenta con una “política en materia de complemento de incapacidad temporal que mejora la del convenio colectivo, ya que éste se abona desde el primer día de baja y no desde el quinto”, según consta en la sentencia de la Audiencia Nacional.

El tribunal ve fundamentos de peso para oponerse a la pretensión del sindicato del disfrute salarial de los cheques más allá de la actividad laboral diaria de los trabajadores.

Cuando sí es salario

Varias veces han tenido los jueces que aclarar el carácter de los cheques de comida. Una sentencia de un juzgado de Bilbao -confirmada por el Tribunal Supremo- señaló que los cheques restaurante sí tenían carácter salarial porque remuneran los servicios prestados y no tenían por objeto compensar los gastos soportados con ocasión del trabajo, por ejemplo cuando la actividad obliga a comer fuera de casa. Por ello, en aquella ocasión, la Justicia entendió que los cheques tenían naturaleza salarial y su importe era computable para el cálculo de la indemnización en caso de un despido improcedente.

(Noticia extraída de Expansión)